Conocer bien los gastos deducibles del autónomo es la forma más directa y legal de pagar menos impuestos. Cada gasto que te deduces reduce tu beneficio y, con él, lo que pagas en el IRPF (modelo 130 y declaración de la renta). Y si además lleva IVA, puedes recuperar ese IVA en el modelo 303. En esta guía te explicamos qué requisitos tiene que cumplir un gasto, cuáles puedes deducirte, qué límites aplica Hacienda en 2026 y los errores que más problemas dan en una comprobación.
Requisitos para que un gasto sea deducible
Da igual el tipo de gasto: para que Hacienda lo acepte tiene que cumplir estas cuatro condiciones.
- Estar vinculado a tu actividad: tiene que ser necesario para obtener tus ingresos. Un gasto personal no se convierte en deducible por pagarlo con la tarjeta del negocio.
- Estar justificado con factura completa: a tu nombre y con tu NIF. Un ticket o factura simplificada no sirve para deducir el IVA y es una prueba débil para el IRPF.
- Estar registrado en tu libro de gastos (y en el de facturas recibidas, si lleva IVA).
- Imputarse en el periodo correcto: en el año, y en el trimestre, en que se produce el gasto.
Lista de gastos deducibles más habituales
| Gasto | ¿Deducible en IRPF? | Claves |
|---|---|---|
| Cuota de autónomos | Sí, 100 % | Es el gasto deducible más claro. No lleva IVA. |
| Alquiler del local u oficina | Sí, 100 % | Recuerda practicar la retención del 19 % y presentar el modelo 115, salvo excepciones. |
| Suministros del local (luz, agua, internet, teléfono) | Sí, 100 % | Si el local se usa solo para la actividad. |
| Suministros de casa si trabajas desde ella | Parcialmente | El 30 % de la parte proporcional de la vivienda dedicada a la actividad (ver abajo). |
| Material, herramientas y mercancía | Sí | Compras de existencias, material de oficina, consumibles… |
| Ordenadores, maquinaria y mobiliario | Sí, vía amortización | Se deducen a lo largo de su vida útil, no de golpe (con algunas excepciones para bienes de poco valor). |
| Software, suscripciones y servicios online | Sí | Programas de facturación, diseño, almacenamiento en la nube, dominio y hosting… |
| Asesoría y gestoría | Sí | Los honorarios de tu asesoría son gasto de la actividad. |
| Publicidad y marketing | Sí | Campañas online, web, tarjetas, rótulos… |
| Formación | Sí | Si está relacionada con tu actividad: cursos, congresos, libros técnicos. |
| Seguros de la actividad | Sí | Responsabilidad civil, seguro del local, de mercancías… |
| Seguro de salud | Sí, con límite | Hasta 500 € al año por ti, tu cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan contigo (1.500 € por persona con discapacidad). |
| Comisiones bancarias e intereses | Sí | De la cuenta y la financiación de la actividad. |
| Dietas y desplazamientos | Sí, con límites | Ver los límites diarios más abajo. |
| Vehículo | Solo en casos concretos | En IRPF, en general solo si está afecto en exclusiva a la actividad. |
Trabajar desde casa: la regla del 30 %
Si desarrollas la actividad en tu vivienda habitual y lo has comunicado a Hacienda en tu declaración censal (modelo 036), puedes deducirte parte de sus gastos:
- Gastos de la vivienda (alquiler, IBI, comunidad, seguro del hogar, intereses de la hipoteca): en proporción a los metros cuadrados que dedicas a la actividad.
- Suministros (luz, agua, gas, internet): el 30 % de esa proporción.
Ejemplo: tu despacho ocupa el 20 % de la vivienda y la factura de la luz es de 100 €. Te deduces 100 € × 20 % × 30 % = 6 € de esa factura. No es mucho por factura, pero sumado a lo largo del año se nota.
Dietas y gastos de manutención: límites de 2026
Las comidas cuando trabajas fuera son deducibles en el IRPF si se pagan por medios electrónicos (tarjeta, Bizum, transferencia), en un establecimiento de hostelería y en el desarrollo de la actividad. Los límites diarios son:
| Sin pernoctar | Pernoctando | |
|---|---|---|
| En España | 26,67 €/día | 53,34 €/día |
| En el extranjero | 48,08 €/día | 91,35 €/día |
Los pagos en efectivo no se aceptan como dieta deducible. Y el IVA de las comidas, en general, no se puede deducir.
El vehículo: el gasto que más problemas da
Es el gasto más vigilado por Hacienda, y conviene distinguir los dos impuestos:
- En el IRPF, un turismo solo es deducible (amortización, combustible, reparaciones, seguro) si se usa exclusivamente para la actividad. Hay excepciones en las que se admite, como el transporte de mercancías o de viajeros, las autoescuelas, los representantes comerciales o los vehículos de vigilancia.
- En el IVA, Hacienda presume con carácter general una afectación del 50 %, así que normalmente puedes deducirte la mitad del IVA. Para deducir más tendrías que demostrar un uso profesional mayor.
Gastos de difícil justificación: el 5 % que te deduces sin facturas
Si tributas en estimación directa simplificada (la modalidad de la mayoría de autónomos), puedes deducirte automáticamente un 5 % de tu rendimiento neto en concepto de gastos de difícil justificación, con un máximo de 2.000 € al año. No necesitas presentar ninguna factura: cubre esos pequeños gastos que no se pueden documentar.
Ejemplo: si tu rendimiento neto antes de esta reducción es de 30.000 €, te deduces 1.500 € más (el 5 %). Si fuera de 50.000 €, te quedarías en el tope de 2.000 €.
Ojo: es incompatible con la reducción especial para autónomos que trabajan para un único cliente no vinculado. Si estás en ese caso, conviene calcular cuál de las dos te sale mejor. Y circula mucho el dato del 7 %, pero ese porcentaje solo se aplicó en 2023: el vigente es el 5 %.
Gastos que NO son deducibles
- Gastos personales o familiares, aunque se paguen desde la cuenta del negocio.
- Multas y sanciones, incluidas las de tráfico y los recargos de Hacienda.
- El propio IRPF que pagas.
- Donativos y liberalidades (regalos sin relación con la actividad).
- Comidas pagadas en efectivo o que superen los límites diarios.
- Ropa de uso cotidiano. Solo es deducible la ropa de trabajo o los uniformes específicos.
Errores frecuentes con los gastos deducibles
- Deducir con tickets en vez de con facturas completas a tu nombre.
- Deducir el 100 % de los suministros de casa en lugar del 30 % de la parte afecta.
- Deducir el coche o el móvil al 100 % cuando también tienen uso personal.
- Deducir de golpe un ordenador o una maquinaria cara en vez de amortizarlos.
- Aplicar el 7 % de difícil justificación en lugar del 5 %.
- No guardar las facturas: Hacienda puede pedirlas durante al menos cuatro años.
Cómo afectan los gastos a tus impuestos trimestrales
Los gastos deducibles reducen tu beneficio, y sobre ese beneficio se calcula el 20 % del modelo 130: cada 100 € de gasto deducible te ahorra 20 € en el pago fraccionado del trimestre. Además, el IVA de esos gastos te lo restas en el modelo 303. Puedes comprobar el efecto con nuestra calculadora del modelo 130, y tienes todos los plazos en el calendario fiscal autónomos 2026.
Preguntas frecuentes sobre gastos deducibles
¿Puedo deducirme un gasto sin factura?
Solo a través de los gastos de difícil justificación (el 5 % del rendimiento neto, con un máximo de 2.000 € anuales). Para el resto, necesitas factura completa a tu nombre.
¿Es deducible el teléfono móvil?
Sí, en la parte que corresponda a tu actividad. Si lo usas también para temas personales, lo prudente es deducir solo un porcentaje y poder justificarlo.
¿Me puedo deducir la cuota de autónomos con tarifa plana?
Sí. La cuota que pagas a la Seguridad Social, sea la tarifa plana o la ordinaria, es deducible al 100 % en el IRPF.
¿Cuánto tiempo tengo que guardar las facturas de gastos?
Como mínimo cuatro años, que es el plazo de prescripción de Hacienda. En el caso de bienes que amortizas, durante todo el periodo de amortización y los cuatro años siguientes.
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