El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF que presentan cada trimestre muchos autónomos. Con él vas adelantando a Hacienda parte del impuesto que pagarás en la declaración de la renta. En esta guía te explicamos quién tiene que presentarlo, cómo se calcula con un ejemplo real, qué reducción puedes aplicarte y cuáles son los plazos en 2026.
¿Qué es el modelo 130?
Es una autoliquidación trimestral a cuenta del IRPF para autónomos que tributan en estimación directa, normal o simplificada. En lugar de pagar todo el impuesto de golpe en la renta, cada trimestre ingresas el 20 % de tu beneficio acumulado del año (ingresos menos gastos deducibles).
Es siempre un pago provisional. Cuando haces la declaración de la renta, Hacienda calcula el impuesto real y descuenta lo que ya has adelantado con el 130 y las retenciones de tus facturas. Si has adelantado de más, te devuelven la diferencia; si has adelantado de menos, pagas el resto.
¿Quién tiene que presentar el modelo 130?
Lo presentan los autónomos en estimación directa, tanto empresarios como profesionales. Hay dos casos en los que no:
- Profesionales con retención: no estás obligado si en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad tuvieron retención o ingreso a cuenta. Es lo habitual cuando facturas a empresas y otros autónomos, que te retienen el 15 % (o el 7 % los primeros años).
- Autónomos en módulos: quienes tributan en estimación objetiva presentan el modelo 131, que se calcula con parámetros fijos en lugar de con tu beneficio real.
Ojo con un caso muy frecuente: si facturas sobre todo a particulares o a clientes extranjeros, esas facturas no llevan retención, así que normalmente no llegarás al 70 % y sí tendrás que presentar el 130.
Plazos del modelo 130 en 2026
| Trimestre | Plazo | Con domiciliación |
|---|---|---|
| 1T 2026 | 1 al 20 de abril | Hasta el 15 de abril |
| 2T 2026 | 1 al 20 de julio | Hasta el 15 de julio |
| 3T 2026 | 1 al 20 de octubre | Hasta el 15 de octubre |
| 4T 2026 | 1 al 30 de enero de 2027 (previsiblemente hasta el 1 de febrero, al caer el 30 en sábado) | Hasta el 25 de enero |
Coinciden con los del modelo 303 de IVA, así que lo práctico es presentar los dos a la vez. Tienes todas las fechas del año en nuestro calendario fiscal autónomos 2026 y el IVA explicado en la guía del modelo 303.
Cómo se calcula el modelo 130
La clave es que el cálculo es acumulado: cada trimestre sumas todo lo ocurrido desde el 1 de enero, no solo los últimos tres meses. Los pasos son:
- Ingresos acumulados del año hasta el final del trimestre (sin IVA).
- Menos gastos deducibles acumulados en el mismo periodo, incluida la cuota de autónomos.
- Al resultado (el rendimiento neto) le aplicas el 20 %.
- Restas los pagos fraccionados que ya ingresaste en los trimestres anteriores del año.
- Restas las retenciones que te han practicado en tus facturas en lo que va de año.
Lo que queda es lo que pagas ese trimestre. Si sale cero o negativo, no pagas nada.
Ejemplo práctico del tercer trimestre
Imagina que eres fisioterapeuta autónomo y atiendes sobre todo a particulares. Del 1 de enero al 30 de septiembre de 2026 tienes estos datos:
- Ingresos acumulados: 30.000 €
- Gastos deducibles acumulados (alquiler del local, cuota de autónomos, material, seguros…): 12.000 €
- Pagos fraccionados ya ingresados en el 1T y el 2T: 2.100 €
- Retenciones de las pocas facturas emitidas a clínicas y mutuas: 900 €
El cálculo sería:
- Rendimiento neto: 30.000 − 12.000 = 18.000 €
- 20 % del rendimiento: 3.600 €
- Menos pagos anteriores y retenciones: 3.600 − 2.100 − 900 = 600 € a ingresar en el 3T
Fíjate en que el 20 % se aplica sobre el beneficio y no sobre lo facturado, y en que, gracias al cálculo acumulado, un trimestre flojo se compensa solo: si tu beneficio acumulado baja, ese trimestre te sale a cero sin tener que reclamar nada.
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Usar la calculadoraLa reducción de hasta 100 € por trimestre que muchos olvidan
Si tu rendimiento neto de actividades económicas del año anterior fue igual o inferior a 12.000 €, puedes restar una cantidad fija en cada trimestre (casilla 13 del modelo):
| Rendimiento neto del año anterior | Reducción por trimestre |
|---|---|
| Hasta 9.000 € | 100 € |
| De 9.000,01 a 10.000 € | 75 € |
| De 10.000,01 a 11.000 € | 50 € |
| De 11.000,01 a 12.000 € | 25 € |
Si es tu primer año de actividad, se considera que el rendimiento del año anterior fue cero, así que puedes aplicarte los 100 € por trimestre, hasta 400 € al año. Además, se puede consignar aunque ese trimestre no salga nada a pagar, y así tendrás más importe a descontar en los siguientes.
¿Qué pasa si el resultado sale negativo?
Hacienda no te devuelve nada en el trimestre. Presentas el modelo con resultado negativo o cero y ese importe se tiene en cuenta en los trimestres siguientes del mismo año. Si al final del año has adelantado de más, lo recuperarás en la declaración de la renta.
Errores frecuentes con el modelo 130
- Calcular solo con los datos del trimestre en lugar de con el acumulado del año.
- Aplicar el 20 % sobre la facturación en vez de sobre el beneficio.
- Incluir el IVA en los ingresos o en los gastos: el 130 se calcula siempre sin IVA.
- Olvidar restar las retenciones que te han practicado.
- No aplicar la reducción de hasta 100 € cuando corresponde.
- Dejar de presentarlo en un trimestre sin actividad.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 130
¿Tengo que presentar el modelo 130 si no he facturado nada?
Sí. Si estás obligado a presentarlo, tienes que hacerlo todos los trimestres aunque el resultado sea cero o negativo. No presentarlo puede suponer una sanción aunque no haya nada que pagar.
¿El modelo 130 sustituye a la declaración de la renta?
No. Es un adelanto. Después tienes que presentar la renta, donde se calcula el impuesto definitivo y se descuentan los pagos fraccionados.
¿Por qué me sale a pagar en la renta si he presentado el 130?
Porque el 130 adelanta un 20 % fijo, pero el IRPF es progresivo. Si tu beneficio anual es alto, tu tipo real puede superar ese 20 % y tendrás que pagar la diferencia en la renta. Por eso conviene ir reservando dinero durante el año.
¿Cómo sé si estoy dado de alta en el modelo 130?
La obligación se comunica en la declaración censal (modelo 036 o 037) al darte de alta o al modificar tu situación. Si tienes dudas, puedes consultar tus datos censales en la sede de la Agencia Tributaria.
Deja tu modelo 130 en manos de Asesalia
En Asesalia somos colaboradores sociales de la Agencia Tributaria. Calculamos y presentamos tu modelo 130 cada trimestre junto con el 303, revisamos que te apliques las reducciones que te corresponden y te avisamos de lo que te tocará pagar en la renta para que no haya sorpresas. Todo incluido en nuestra asesoría fiscal para autónomos desde 19,95 €/mes.